Nuevo régimen sobre emergencia económica

LEGISLATIVAS PROVINCIALES – PROYECTO DE PEZZ – La Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe aprobó el proyecto que fuera presentado oportunamente por el Senador Provincial Federico Pezz , donde establece un régimen especial para atender las emergencias económicas y meteorológicas.“Las periódicas crisis – remarcaba el Senador Federico Pezz – que el campo enfrenta, deterioran la calidad de vida de los miles de personas que se dedican a las actividades agropecuarias y agroindustriales, impactando negativamente en sus niveles de productividad, rentabilidad, competitividad, ingreso y empleo; las mismas, se desencadenan por dos razones centrales, las primeras de origen estrictamente económico, y las segundas como consecuencia de factores meteorológicos o sanitarios de difícil o imposible predicción y control”.

“Ante esta situación interpreto que el Estado – prosigue el Legislador – , en su papel promotor de la actividad económica, debe realizar previsiones para minimizar las consecuencias negativas, y estructurar sus programas de desarrollo rural conforme a criterios de equidad, promoviendo políticas agropecuarias de productividad, para fomentar procesos de producción y comercialización”.

En este contexto conceptual, el proyecto plantea establecer y regular medidas de apoyo especiales para productores agropecuarios, afectados por circunstancias o factores nocivos extraordinarios, que impidan el desarrollo sustentable y competitivo de la producción o su comercialización y/o transformación.

Por todo lo expresado, las medidas de apoyo incluyen: prórrogas para el pago de las deudas impositivas provinciales; suspensión en la iniciación o la sustanciación de los juicios o acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos; eximición del pago del Impuesto Inmobiliario; condonación de las deudas tributarias por gravámenes provinciales.

El Poder Ejecutivo podrá disponer en todos los procedimientos de compras de la administración pública provincial, una cláusula de preferencia, que contemple la adquisición de productos agropecuarios originarios de las zonas afectadas.

Los organismos descentralizados del Estado Provincial que implementen procedimientos de compras, mientras dure la emergencia, deberán incluir en las cláusulas generales o particulares, la de preferencia dispuesta; gestionar el otorgamiento de créditos especiales, con tasas reducidas o subsidiadas y plazos preferenciales, que se establezcan por convenios entre el Estado Provincial y las entidades financieras; el otorgamiento de préstamos en apoyo a los productores rurales; realizar las gestiones necesarias para reconvenir las obligaciones financieras a cargo de los sujetos afectados; promover el crédito comercial contra entrega de la cosecha; establecer precios testigos mínimos para el conocimiento del productor; gestionar apoyos para la movilización de cosechas temporalmente excedentarias; gestionar el establecimiento de depósitos rurales en las regiones declaradas bajo estado de emergencia o desastre agropecuario; organizar jornadas de capacitación y de asistencia técnica, para la adopción de nuevas tecnologías; gestionar tarifas preferenciales en los servicios de transporte y almacenamiento de insumos y productos agropecuarios; gestionar tarifas de energía con estímulos para la producción; establecer estímulos y premios por productividad; fomentar actividades económicas complementarias y con valor agregado regional, a las de la producción agropecuaria.