Oficina de Gestión Judicial: Condenados por abuso sexual

Abuso sexual de la hija de su concubina
Uno de los hechos se llevó a cabo en procedimiento abreviado, condenando a un vecino de Las Toscas por abusar sexualmente desde los 5 años de una nena quien actualmente tiene 9 y es hija de quien fuera su concubina. El imputado y condenado por abuso sexual simple agravado por la convivencia en carácter de autor, se trata de Carlos Ramón Blanco.

– Juez Penal de Primera Instancia: Ireneo Berzano
– Acusador: Fiscal Norberto Ríos.

Los hechos por los cuales fue acusado en horas de la mañana de este jueves 26 de octubre, en procedimiento abreviado a Carlos Ramón Blanco es que mientras convivía en la ciudad de Las Toscas con su pareja y la hija de esta de 9 años en ese momento, por las noches en forma reiterada, cuando su concubina no estaba, manoseaba a la nena en sus partes íntimas, hechos que se venían dando desde que la víctima tenía 5 años.

Por lo tanto, el juez Ireneo Berzano, resolvió condenar a Blanco a la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional por resultar autor material penalmente responsable en la comisión del delito de abuso sexual simple agravado por la convivencia fijándose las siguientes reglas de conducta: Fijar domicilio, prohibición de acercamiento a una distancia minina de 200 metros y de comunicación de todo tipo o por cualquier medio con la menor víctima, su madre o testigos de la causa.

Violador de Tacuarendí continuará en prisión hasta cumplir la pena impuesta
Los Jueces de Cámara de Apelación desestimaron el recurso y confirmaron la pena de 8 años y 6 meses de prisión para Eduardo Ramírez de Tacuarendí, por violar a su hija biológica de ocho años.
Jueces de la Cámara de Apelación: Mario Enrique Balestieri, Enrique Ramón Alvarez y Eduardo Mudry.

CAUSA: Ramirez Eduardo s/delito contra la integridad sexual gravemente ultrajante Simple”.

La Defensa apeló la prisión preventiva, interponiendo recurso de Nulidad y Apelación y cuestiona el informe del Doctor Jorge Alonso diciendo que “el pene (del padre biológico de la menor) no fue el causante de la lesión constatada en la región genital de la niña ni que tampoco se comprobó rotura de himen”.

La defensa también cuestionó la realización de la Cámara Gesell diciendo que el relato de la niña no fue espontáneo sino que las profesionales pusieron en boca de la niña las cosas que les interesara que diga.

Además, cuestionaron los dichos de las docentes que denunciaron este caso y aseguran que los testimonios del Doctor Alonso, de las Psicólogas y las docentes, favorecen a las acusaciones.

LAS PALABRAS DEL FISCAL RÍOS
Señaló lo contradictorio de los dichos de la defensa que por un lado dice que no se cometió el hecho y por otro lado, cuestiona la calificación del mismo.

Además, las docentes dijeron que la niña les contó que el que la violó fue su padre biológico; que las psicólogas en su informe son concordantes y que el hecho punible fue concretado por el propio padre biológico y que la niña ha sufrido una transformación en su conducta, no quiere que la bañen y desprecia a los varones.

LO QUE RESOLVIÓ LA JUEZA CLAUDIA BRESSÁN
-Condenar a Eduardo Ramírez a la pena de 8 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo.