PRODUCTORES AFECTADOS POR LA EMERGENCIA AGROPECUARIA EN LA PROVINCIA – El Ministerio de la Producción informó que por resolución nacional N° 2.723/09, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) reglamenta las franquicias impositivas para los productores comprendidos en las zonas declaradas en emergencia agropecuaria.Las explotaciones agropecuarias que alcanza dicha disposición en la provincia de Santa Fe se encuentran ubicadas en los departamentos General López, Constitución, Caseros, San Lorenzo, Rosario, Iriondo, Belgrano, San Jerónimo, San Martín, 9 de Julio, Vera, General Obligado, San Cristóbal, San Justo y San Javier.
Oportunamente, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación homologó, mediante la resolución Nº 25, la declaración de estado de emergencia agropecuaria por sequía a la provincia de Santa Fe, desde el 1º de enero de 2009 hasta el 31 de marzo del mismo año.
Del mismo modo, por resolución nacional Nº 36 se establece la extensión del plazo por 90 días para todos aquellos productores cuyos establecimientos se encuentren situados en las regiones delimitadas por las declaraciones de emergencia y/o desastres agropecuarios.
Dicha disposición establece alcances, requisitos y condiciones para acceder a los beneficios previstos, tales como:
>> Diferimiento de obligaciones impositivas (impuestos a las ganancias, bienes personales, ganancia mínima presunta).
>> Deducción de impuestos a las ganancias de los beneficios de la venta forzosa de ganado.
>> Para contribuyentes de monotributo reduce las obligaciones mensuales en un 50% o un 75% según se trate de emergencia o desastre, respectivamente.-