Condenaron a los hermanos Lanatta y a Víctor Schillacci por los delitos de jurisdicción provincial que cometieron en Santa Fe

Así lo resolvió por unanimidad el tribunal del juicio oral y público realizado en los tribunales provinciales y que finalizó hoy. Martín Lanatta fue condenado a siete años y seis meses de prisión, mientras que Cristian Lanatta y Víctor Schillacci recibieron una pena de ocho años y seis meses de prisión, respectivamente. El fiscal Estanislao Giavedoni valoró que los magistrados dieron por acreditados todos los hechos delictivos atribuidos por la Fiscalía.

Los hermanos Martín y Cristian Lanatta y Víctor Gabriel Schillacci fueron condenados a penas de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de jurisdicción provincial que cometieron en la provincia de Santa Fe. Fue en el marco de un juicio oral y público que finalizó esta mañana en los tribunales de la capital provincial.

El tribunal pluripersonal integrado por los jueces Eduardo Pocoví (presidente), Sandra Valenti y Pablo Busaniche resolvió la condena por unanimidad. Martín Lanatta (de 45 años) fue condenado a siete años y seis meses de prisión; mientras que Cristian Lanatta (de 46 años) y Víctor Schillacci (38 años) fueron condenados a ocho años y seis meses de prisión, respectivamente.

Delitos
Martín Lanatta fue condenado como coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada reiterada (en dos oportunidades), robo calificado (por ser cometido en banda y en poblado y con la utilización de arma de fuego) y robo calificado (por ser cometido en despoblado y en banda y con la utilización de arma de fuego), todo en concurso real.

Por su parte, Cristian Lanatta fue hallado penalmente responsable de la coautoría de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada reiterada (en tres oportunidades), robo calificado (por ser cometido en banda y en poblado y con la utilización de arma de fuego), robo calificado (por ser cometido en despoblado y en banda y con la utilización de arma de fuego) y tenencia de arma de fuego de guerra, todo en concurso real.

En tanto, Schillacci fue condenado como coautor de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada reiterada (en tres oportunidades), robo calificado (por ser cometido en banda y en poblado y con la utilización de arma de fuego), robo calificado (por ser cometido en despoblado y en banda y con la utilización de arma de fuego) y tenencia de arma de fuego de guerra, todo en concurso real.

Además, el tribunal dispuso imponer una multa de 4 mil pesos a Cristian Lanatta y a Schillacci, respectivamente, dinero que será destinado al MPA.

Hechos acreditados
Luego de conocer la resolución del tribunal, el fiscal Giavedoni dialogó con la prensa. “Los jueces resolvieron por unanimidad y dieron por acreditados cada uno de los hechos que habíamos atribuido oportunamente. Para nosotros, esto da cuenta de un trabajo exitoso”, valoró el funcionario del MPA.

Giavedoni también adelantó que “dejamos hecha la reserva de los recursos correspondientes para el caso que decidamos la apelación. Esperaremos los fundamentos del fallo para analizar en qué se basaron los jueces para disponer los montos de las penas que son menores a los 15 años de prisión que habíamos solicitado en la acusación”. No obstante, el fiscal insistió en la importancia de que “los magistrados dieron por acreditados todos y cada uno de los hechos imputados a los tres hombres”.

El funcionario del MPA también agradeció a las personas que declararon como testigos en el debate, “fundamentalmente a las personas que fueron víctimas de los delitos. Se animaron a contar lo ocurrido, vinieron a los tribunales e incluso algunos no son de la ciudad de Santa Fe y se trasladaron especialmente para la ocasión”, destacó el fiscal.

Por último, Giavedoni explicó brevemente los delitos cometidos por los tres hombres. Resumió que “se acreditó que los tres privaron ilegítimamente de la libertad a un ingeniero agrónomo en la ciudad de Santa Fe y le robaron una camioneta. Asimismo, quedó acreditado que los hermanos Lanatta y Schillacci privaron ilegítimamente de la libertad a un hombre y a una mujer (concubinos entre ellos) de la localidad de Campo del Medio y le robaron una camioneta que era propiedad de la mujer de la pareja”. También aclaró que “quedó acreditado que Cristian Lanatta y Víctor Schillacci privaron ilegítimamente de la libertad a un empleado del molino Spaletti y que tenían armas de fuego de guerra cuando fueron aprehendidos”.

Oficina de Prensa y Difusión MPA