De prisión domiciliaria a 08 años de cárcel para el violador de Arroyo Ceibal

En la audiencia judicial realizada el lunes 07 de noviembre de 2016, en la sala de gestión judicial de la ciudad de Las Toscas, luego de brindar detalles del incumplimiento a la orden judicial de prisión domiciliaria, el Fiscal Norberto Ríos solicitó a la Jueza Claudia Bressán, la revocación de la prisión domiciliaria, y el dictado de la prisión efectiva para Esteban Gabriel Romero, de 18 años de edad, «donde su señoría disponga».

El abogado defensor Andrés Ramseyer admitió en la audiencia que Romero salía del departamento. Dijo que se iba a un mercado, pero que su madre -la guardadora que se hizo cargo ante el Poder Judicial- no sabía nada. Sostuvo que «hay cosas que Romero no alcanza a entender», y que no se van a oponer al cambio de modalidad, y que de ser posible sea alojado en la cárcel de Santa Felicia, Departamento Vera, y que hace reserva de pedir que se revea esta decisión.




La jueza Claudia Bressán resolvió revocar la prisión domiciliaria, la que «a partir de este momento pasa a ser de prisión de efectivo cumplimiento». Dispuso el inmediato traslado de Esteban Gabriel Romero a sede de la celaduría de la U.R.IX. de Policía donde quedará detenido hasta que el servicio penitenciario destine lugar para el cumplimiento de la pena, y que se oficie a la Unidad Penitenciaria donde cumpla la pena, para que brinden tratamiento psicológico y/o psiquiátrico que necesite el condenado.

La madre de Romero, Marcelina Rosa Romero, presenció la audiencia realizada a las 12,00 horas del lunes 07 de noviembre de 2016 en la sala de gestión judicial de la Ciudad de Las Toscas.