Área Institucional de la Ciudad de Villa Ocampo

En la Sala “30 de noviembre” del palacio municipal de la ciudad de Villa Ocampo, el intendente Enrique Paduán firmó el acuerdo con la Secretaria General de AMSAFE Obligado, Hemilse Cañete y la Biblioteca Popular “Padre Jorge Capello”, a través de la presidenta de la institución, Profesora Mariquita Perrota, para la creación del «Área Institucional de la ciudad de Villa Ocampo», que hasta el momento está integrada por las siguientes instituciones:
-Ex Combatientes de Malvinas.
-Club de Leones.
-Amsafe, subdelegación Villa Ocampo.
-Biblioteca Popular “Padre Jorge Capello”.

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EL PROYECTO DE ORDENANZA ENVIADO POR EL EJECUTIVO
El Intendente Municipal Enrique Paduán envió para su tratamiento y aprobación el proyecto de Ordenanza Nº 666/17 para darle el marco legal al área Institucional:

PROYECTO DE ORDENANZA Nº 666/17
VISTO:
– La necesidad de destinar un sector del radio urbano como “Área Institucional” para dar respuesta a los requerimientos de diferentes asociaciones civiles locales de contar con un espacio para asentar sus sedes.

Y CONSIDERANDO:
– Que la Municipalidad de Villa Ocampo cuenta con un terreno de 227 x 30,20 metros, ubicado en el perímetro comprendido por la Av. Independencia Nacional (lado norte), el Bv. Sarmiento (lado este), el terreno del Ingenio Arno (lado sur) y la calle 2 de Abril (lado oeste).
– Que ya se iniciaron los trámites de mensura del primer sector (lado este) de dicho lote; previéndose la apertura de una calle intermedia (que corresponde a la continuación sur de la calle Spontón), la correcta delimitación de la Av. Independencia Nacional y la demarcación de cuatro lotes de diferentes superficies.
– Que a través de la Ordenanza 1305/14, un sector del predio, que se correspondía a la edificación remanente de la ex Planta Hormigonera Municipal, ya fue otorgado en comodato al Centro de Ex Soldados Combatientes en Malvinas y al Club de Leones de Villa Ocampo; teniendo como destino sus respectivas sedes.
– Que en otro predio contiguo, ubicado al norte del Centro de Ex Soldados Combatientes en Malvinas del Norte del Departamento Gral. Obligado, en la intersección del Bv. Sarmiento con la Av. Independencia Nacional, está prevista la construcción de la posta local del SIES 107, perteneciente al Ministerio de Salud de la Provincia.
– Que diferentes instituciones de bien público vienen solicitando a la Municipalidad de Villa Ocampo un predio para edificar sus sedes propias; lo que sería un significativo aporte del Estado Municipal en reconocimiento al servicio que prestan a la comunidad, desde sus respectivos ámbitos.
– Que destinar la totalidad de ese terreno como “Área Institucional”, con la posibilidad de ofrecer sus parcelas en comodato a las asociaciones civiles (de comprobada trayectoria y utilidad pública) que lo requieran y que presenten una propuesta de inversión realizable en un plazo determinado, redituaría en beneficio para toda la comunidad y jerarquizaría ese sector céntrico de la ciudad.
– Que fechada el 28 de abril de 2017 ingresó una nota a la Municipalidad de Villa Ocampo, firmada por las máximas autoridades de AMSAFE Gral. Obligado, donde solicitan la posibilidad de que se le destine una fracción de terreno municipal para la construcción en forma exclusiva de la Subdelegación AMSAFE Villa Ocampo.
– Que el pedido apunta a la necesidad de contar con un inmueble con instalaciones que favorezcan y potencien el desarrollo de la AMSAFE Gral. Obligado en el norte departamental; así como brindar mayores y mejores servicios para los más de mil afiliados de toda la región, desde Arroyo Ceibal hasta Florencia, de los cuales casi la mitad pertenecen a Villa Ocampo.
– Que la Asociación del Magisterio de Santa Fe (AMSAFE) es el sindicato mayoritario de la Provincia de Santa Fe, constituido el 24 de junio de 1928; fecha desde la cual viene bregado por la defensa de los derechos de los trabajadores de la educación, sosteniendo la pluralidad de ideas, la autonomía de cualquier partido político y la democracia sindical a través de la participación de los afiliados y la horizontalidad en la toma de decisiones.
– Que actualmente el sindicato cuenta con más de cuarenta mil afiliados que conforman y participan en las diecinueve delegaciones departamentales. Cada delegación tiene una comisión directiva departamental y a nivel provincial la responsabilidad recae en la comisión directiva provincial.
– Que en el Departamento Gral. Obligado, la delegación tiene una sede propia en calle Ludueña 981 de la ciudad de Reconquista; y ésta a su vez tiene subdelegaciones en Malabrigo, Romang, Avellaneda, Las Toscas, Villa Guillermina, Florencia y Villa Ocampo, no disponiendo de locales propios en ninguna de estas localidades.
– Que por otra parte, en reiteradas oportunidades la Comisión Directiva de la Biblioteca Popular “Padre Jorge Capello” solicitó a las autoridades municipales la posibilidad de disponer de un terreno, ya que al ser una biblioteca amparada por la CONABIP, existe la posibilidad de gestionar recursos para la construcción de una sede propia. Y en el mismo sentido, en el año 2016, desde el Ministerio de Trabajo de la Nación se le ofreció acceder al programa “Construir Empleo”, con el que se conseguiría los recursos necesarios para la construcción del edificio, siempre que la institución disponga de un terreno a su nombre.
– Que esta institución tiene su origen el 18 de octubre de 1995, cuando se reunió en la Municipalidad de Villa Ocampo una comisión conformada por representantes de distintas instituciones de la localidad (Escuelas 150, 109, 37, 1022, Club de Leones y Aero Club Villa Ocampo) con la intención de conformar la futura comisión de una biblioteca popular, considerando los beneficios que reportaría a la comunidad, amparada por la Ley Provincial de Bibliotecas Populares 10.752, la que es avalada por la Ley Nacional respaldada por la CONABIP (Comisión Nacional de Bibliotecas Populares).
– Que posteriormente se definió que el nombre de la nueva institución sea el de Biblioteca Popular “Padre Jorge Capello”, en homenaje a quien fundara la primera biblioteca popular de la ciudad (que llevaba el nombre de “Bernardino Rivadavia”); a la par de que se decidió realizar los trámites necesarios para conseguir la personería jurídica (lograda el 30 de mayo de 1998) y el número de registro en la CONABIP (logrado el 12 de enero de 1999, por Disposición Nº 3741).
– Que efectuados los trámites, se comenzó con la búsqueda de un local para el funcionamiento de la institución, solicitando en préstamo un salón a COTELVO Ltda. ubicado en calle Esquiú, entre 25 de Mayo y Conti, comenzando a funcionar en octubre de 1999; posteriormente, se trasladó a otro local ubicado en calle Belgrano 1487.
– Que en marzo de 2007, la Municipalidad de Villa Ocampo cedió en comodato parte del edificio ubicado en la esquina de 25 de Mayo y Tibaldo; con un contrato de 10 años de duración, renovándose el mismo en enero de 2015 por veinte años más.
– Que la institución cuenta con cerca de 14.000 libros y 700 socios activos. Diariamente concurren a consultar y a usar el espacio entre 10 y 20 personas; se realizan talleres para la tercera edad, talleres de tecnología y fotografía. Se conformó un rincón exclusivo para los más pequeños; y se realizan distintas actividades culturales junto a  otras instituciones de la comunidad.

POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE SON PROPIAS, PROYECTA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ARTÍCULO 1º: Créase en el terreno municipal ubicado en el perímetro comprendido por la Av. Independencia Nacional (lado norte), el Bv. Sarmiento (lado este), el terreno del Ingenio Arno (lado sur) y la calle 2 de Abril (lado oeste) el “Área Institucional de la Ciudad de Villa Ocampo”.

ARTÍCULO 2º: Dispóngase que los lotes correspondientes a la Partida Inmobiliaria Nº0308000141900001 tengan como destino exclusivo el asentamiento de reparticiones públicas del ámbito municipal, provincial o nacional y asociaciones civiles de comprobada trayectoria y utilidad pública en la comunidad, que presenten una propuesta de inversión realizable en un plazo determinado; los que serán otorgados por la Municipalidad de Villa Ocampo mediante convenios de comodato.

ARTÍCULO 3º: Establézcase que los inmuebles otorgados a través de la Ordenanza 1305/14 al Centro de Ex Soldados Combatientes en Malvinas del Norte del Departamento Gral. Obligado y al Club de Leones de Villa Ocampo se encuentren comprendidos dentro del “Área Institucional de la Ciudad de Villa Ocampo”.

ARTÍCULO 4º: Apruébase la concreción de sendos convenios de comodato entre la Municipalidad de Villa Ocampo, representada por su intendente Enrique Luis Paduán (DNI 12.296.840) y las instituciones favorecidas por la cesión de parcelas del “Área Institucional de la Ciudad de Villa Ocampo”, a saber: Asociación del Magisterio de Santa Fe AMSAFE (Delegación Gral. Manuel Obligado) y Biblioteca Popular “Padre Jorge Capello”.

ARTÍCULO 5º: Facúltese a Enrique Luis Paduán, intendente de la Municipalidad de Villa Ocampo, para suscribir los respectivos convenios, como así también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento de los mismos, bajo la modalidad que se convenga y bajo los parámetros establecidos dentro de los objetivos propuestos.

ARTÍCULO 6º: Envíase al Honorable Concejo Municipal para su tratamiento.

DADO EN LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 11 DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2017.