Normas del descanso dominical

POR LOS FERIADOS DEL 20, 21 Y 27 DE FEBRERO – Parte de prensa del Centro de Empleados de Comercio de Reconquista y Avellaneda sobre los feriados del 20, 21 y 27 de febrero, donde rigen las normas del descanso dominical.Atendiendo que tanto los días 20, 21 y 27 de febrero han sido declarados feriados nacionales por el Gobierno Nacional, se hace saber que para esas fechas rigen las normas del descanso dominical, es decir que, de acuerdo a lo dispuestos en la Ley de Contrato de Trabajo, el trabajador no tiene obligación de prestar servicios.

Si trabajan la liquidación del/los día/as , deberá figurar por separado en el recibo de sueldo, cuyo importe es igual al monto del sueldo dividido por 25 (LCT, artículos 169 y 155).

Ante ello, instamos a los trabajadores a que hagan respetar sus derechos.

Ante cualquier consulta o inquietud, concurra a su Centro para que podamos efectuar los reclamos pertinentes ante los organismos de control (Ministerio de Trabajo de la Provincia, AFIP, etc.).

Centro de Comercio de Reconquista y Avellaneda