Pide que Tribunal Electoral aclare los plazos de la campaña electoral

PRENSA MARIO BARLETTA – El candidato a gobernador por el Frente Progresista respaldó una presentación realizada por apoderados de diferentes listas para que se “esclarezca los regímenes aplicables” en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del 22 de mayo.En un todo de acuerdo con una presentación realizada ante el presidente del Tribunal Electoral, Rafael Gutiérrez, por apoderados de diferentes listas que competirán en las elecciones primarias del 22 de mayo, el candidato a gobernador por el Frente Progresista, Mario Barletta, exigió que ese Cuerpo dé a conocer claramente los alcances de los regímenes aplicables para los comicios internos. “Necesitamos reglas de juego claras. Y por eso respaldamos la presentación realizada, entre otros, por nuestro apoderado. La Ley indica que los espacios en televisión destinados a captar votos deberán iniciarse 10 días antes de la elección, y necesitamos que no haya confusiones que permitan que algunos intenten sacar provecho e iniciar la campaña mucho antes”, especificó Barletta.

Qué dice la norma
El artículo 7 de la Ley 6.808 (texto según modificación Art. 22 de la Ley 12.367) prevé que una vez “efectuada la convocatoria a elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias por el Poder Ejecutivo, la campaña electoral para la elección primaria abierta deberá iniciarse 30 días antes y deberá finalizar 48 horas antes de la fecha fijada para la elección”. Ese mismo artículo “la emisión, en medios televisivos de espacios de publicidad destinados a captar el sufragio, se limitará a los 10 días previos a la fecha fijada para la elección”.

En la presentación realizada ante el Tribunal Electoral se detalla que “es ése el marco normativo que corresponde aplicar en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para el día 22 de mayo de 2011”. Sin embargo, se interpreta que el oficio librado por el Tribunal Electoral a distintos medios de comunicación, puntualiza que la limitación en los medios televisivos, está legislada en la Ley 12.080, “con lo que se induce a error en los responsables de los mismos, porque esta última normativa establece que la limitación de la televisión es similar a la de los otros dos medios en ella mencionados, radiales y escritos, y es de 30 días y ha de aplicarse a los comicios generales del 24 de julio de 2011”.

Según se hace constar en la presentación “tal confusión debe disiparse clara y contundentemente antes de que se produzcan daños irreparables, en resguardo de principios de igualdad en la competencia electoral, que el legislador tuvo en miras al regular las campañas electorales en una y otra etapa del proceso electoral”.

Qué se pide
A raíz de lo expuestom se le solicita a Gutiérrez “el dictado de una acordada que esclarezca a todos los actores políticos y a todos los editores responsables de los medios de comunicación los regímenes aplicables” en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del día 22 de mayo de 2011 y en las elecciones generales del día 24 de julio de 2011.

Y también se solicita que disponga, a los efectos pertinentes, “hacer saber lo resuelto a la Asociación de Teledifusoras Argentinas (ATA), Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas (AR.PA), Asociación de Diarios del Interior de la República Argentina (ADIRA), Asociación de Entidades Periodísticas (ADEPA), Comisión Empresaria de Medios de Comunicación Independientes (CEMCI), Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC), a los medios de comunicación en general; a los partidos políticos y listas reconocidas con candidatos oficializados, con trascripción de la normativa directa e inmediatamente aplicable a cada etapa electoral”.