Inspectores municipales no pueden multar en la Ruta Nacional 11

SE NECESITA UNA NUEVA ORDENANZA – La falta de una ordenanza específica impide a los inspectores municipales, por sí solos, poder sancionar las infracciones de tránsito que se cometen en el tramo urbanizado de la Ruta Nacional 11; a pesar de que hace varios años que se la incorporó al ejido de la ciudad, convertida en Av. Ermete Constanzi.No obstante, pueden participar de procedimientos, en forma coordinada, dispuestos por la Agencia de Seguridad Vial de la Provincia. El director de Inspectoría Municipal, José Luis Ferreyra, explicó que “hace más de un mes hemos firmado con la Agencia Provincial de Seguridad Vial un convenio para control sobre rutas nacionales y provinciales; eso implica un tratamiento especial al tema, porque por más que tengamos como jurisdicción este tramo de la Ruta Nacional 11, necesitamos que sea aprobado un proyecto que tiene media sanción en la Legislatura Provincial, para que nos habiliten con una reglamentación particular para que los municipios ubicados sobre esa ruta puedan actuar en procedimientos coordinados”.

Aclaró que “no vamos a poder hacerlo en cualquier momento, sino bajo la disposición de la Agencia de Seguridad Vial; en esos casos sí estamos habilitados a proceder con nuestros inspectores. Este acuerdo se vio demorado porque en un principio obligaba a los municipios a realizar determinadas inversiones, como la disponibilidad de una grúa y un radar de control de velocidad; todo esto va a ser provisto por la Agencia de Seguridad Vial para un uso común entre los distritos ubicados entre Reconquista y Florencia”.

“También hay que disponer de un juez de turno para cada operativo, una caja de recaudación para quienes quieran abonar la multa en el lugar dispuesto para el control, con la presencia del juez de turno. Pero no podemos actuar por nuestra cuenta, porque no tenemos una ordenanza municipal que establezca cómo debemos proceder en el tramo urbanizado de la Ruta Nacional 11, como sí la tenemos para el resto de la ciudad; cualquier disposición tiene que estar en consonancia con la Ley Nacional de Tránsito y homologada por la Agencia Provincial de Seguridad Vial”, precisó el funcionario.

ESTACIONAMIENTO DE CAMIONES
Detalló que “los principales inconvenientes que se dan y en los que no podemos actuar son los estacionamientos de camiones en las banquinas de la ruta, frente a las estaciones de servicios, obstaculizando la visión de los que entran y salen de las mismas. También hay que hacer una delimitación catastral en toda esa zona, porque muchos camiones se estacionan en sectores que ya no pertenecen a la playa de estacionamiento de las estaciones de servicios”.

Con respecto a las velocidades de quienes transitan por las rutas en zonas urbanas, Ferreyra indicó que “la Ley Nacional de Tránsito establece 40 Km/h como máximo, disminuyendo en forma progresiva 20 Km/h cada 150 metros; en nuestro distrito no existe cartelería que indique esa reducción de velocidad en Ruta Provincial 32, sí en Ruta Nacional 11 donde se observan algunos carteles que establecen la velocidad máxima en zona urbanizada. Cuando desde la Agencia de Seguridad Vial nos requirieron un informe sobre nuestras necesidades, les solicitamos los carteles que indiquen esas velocidades máximas y la reducción que debe darse en forma progresiva para instalar en ambas rutas”.

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