Villa Ocampo: Se abrió una oficina de denuncias por maltrato animal

La Secretaría de Gobierno y Seguridad de la Municipalidad de Villa Ocampo informa que se abrió una Oficina de Denuncias por Maltrato Animal, con el objetivo de recepcionar denuncias por incumplimiento de lo establecido en la Ordenanza 1324/15, que se refiere al control de animales agresivos o molestos en la vía pública, al maltrato animal y a los derechos de los mismos.

Para ello, el denunciante debe concurrir a Mesa de Entrada del Palacio Municipal o llamar a los Tel. 466300 ó 466398 en horario de atención al público. Fuera de ese horario, debe comunicarse al Cel. 3482 305859.

Hay que tener en cuenta que toda persona que se sienta amenazada en su integridad física o con dificultades para ejercer su derecho de transitar libremente por la vía pública por la presencia de animales agresivos o mordedores sueltos y pueda identificar al dueño, podrá denunciar este hecho ante la Oficina de Denuncias por Maltrato Animal; quien, además de las acciones judiciales que correspondiere, apercibirá e intimará al dueño del animal agresivo a realizar los arreglos necesarios mediante los cerramientos o barreras con los cuales la mascota en cuestión no ingrese a la vía pública, impidiendo el contacto con las personas que por allí circulan, además de poner en un lugar visible un cartel donde aclare explícitamente la presencia de perros agresivos.

Por su parte, los propietarios de mascotas tienen la obligación de mantenerlos en condiciones higiénico-sanitarias de bienestar y seguridad adecuadas a su especie, raza y sexo (hembras en celo); además de brindar alojamiento, agua limpia suficiente y alimentación; debiéndolos someter a la profilaxis de las enfermedades zoonóticas que se establezcan como obligatorias por la autoridad de aplicación, teniendo como constancia el certificado oficial que deberá ser exhibido ante cualquier requerimiento con la finalidad de preservar el buen trato a los animales, la salud pública, y evitar, en lo posible, molestias a los vecinos. En caso de constatarse el no cumplimiento, se labrará un acta y se lo emplazará a regularizar la situación en no más de 30 días; de lo contrario, se elevará la denuncia correspondiente al ámbito judicial.