Detenidos por ingreso con arma de fuego y amenaza de muerte

SE PROCEDIO A LA APREHENSIÓN Y DETENCIÓN VARIAS PERSONAS POR LA COMISIÓN DE MULTIPLES DELITOS

Así lo ordenó el Fiscal de Turno de la ciudad de Reconquista Dr. Aldo Gerosa respecto de RFG y HICH, mientras que dispuesto la libertad de JMA y JNA. Estas personas fueron aprehendidas previamente por personal de la Comisaría II, a raíz de disparos de arma de fuego ocurrido en el Loteo Nardelli de la ciudad de Reconquista.

LOS HECHOS

Los mismos se desarrollaron el día 20 de marzo de 2018, en horas de la tarde, cuando desde un grupo personas se estaban efectuando disparos con un arma de fuego y raíz de ellos, se constituyeron en la zona varios móviles policiales. En el lugar personal policial observa que desde el interior de una vivienda del Barrio Virgen de Guadalupe se solicita auxilio, luego, pudo verificarse que tres hombres habían ingresado con un arma de fuego y arma blanca, amenazando de muerte a la propietaria cuyo nombre y apellido responde a las iniciales SA. Estas personas al detectar la presencia policial, se dan a la fuga saltando por terrenos vecinos, invadiendo domicilios particulares, sin permiso de sus ocupantes. La policía luego de la persecución logra aprehender a las mismas, secuestrándose distintos elementos, entre ellos una arma de fuego. Se verificó que entre los aprehendidos se encontraba un menor de edad (15), lo que el juez ordenó su liberación.-

CALIFICACIÓN LEGAL

La calificación legal de la conducta desplegada por HICH sería, en principio y sin perjuicio de nueva evidencia la de TENENCIA ILEGÍTIMA DE ARMA DE FUEGO DE FABRICACIÓN CASERA Y USO PROHIBIDO (arts. 189 bis , inc. 2º párrafo 2 del C. Penal; arts. 1º, 3º, 9º, 42 de la Ley 20.429 y arts. 3, 4 y 5 del Decr. Ley nº 395/75) en calidad de autor (art.45 C.Penal); para RFG, de AMENAZAS AGRAVADAS por el uso de armas y la intervención de un menor de edad en concurso REAL con RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y VIOLACIÓN DE DOMICILIO REITERADA (arts. 150 237, 55 C. Penal) en también como coautores (art.45).-.

En relación a los hechos cometidos por señor HICH, fueron descubiertos en flagrancia y con uso de armas, lo que impone el procedimiento por flagrancia de acuerdo los arts. 212, 213 y 379 bis 1er párrafo del ritual. Para los demás, no es esa la situación.

El fiscal Gerosa manifestó «que ordenó la detención de dos personas , mayores de edad, cuyos nombres y apellidos se corresponde a las iniciales HICH y RFG, ya que considera que hay apariencia de responsabilidad delictual y verosimilitud de los hechos, así como también peligro de fuga o de entorpecimientos probatorio por la magnitud y modo la pena en expectativa, importancia del daño a resarcir, la conducta en el proceso o en otro procedimiento penal», agregó, «que a HICH tiene otros legajos de IPP en espera de fecha de juicio oral y público».-

Con relación a JMA y JNA, el fiscal ordenó que fueran liberados ya que hasta el momento no se puedo acreditar debidamente la participación en los hechos, la investigación continúa , no solo por estas cuestiones sino por que se encuentra prófugo uno de los autores de la amenaza de muerte.

AUDIENCIAS IMPUTATIVAS

Las audiencias imputativas fueron fijadas por la OGJ para el día viernes, no confirmándose aún los horarios de las mismas.

Fuente: FISCALÍA REGIONAL IV CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL RECONQUISTA