Carne clandestina, caza y pesca indiscriminada

Personal de la Sección Nº 26 con asiento en la ciudad de Reconquista del departamento General Obligado, en circunstancias de estar realizando operativo de control vehicular juntamente con personal del Destacamento perteneciente a la Cría. 3ª de la Ciudad de Avellaneda, interceptó un vehículo marca “Chevrolet S 10” tipo pick up.

En misma, se desplazaban dos masculinos mayores de edad, quienes transportaban en el asiento trasero del rodado y envuelto en un nylon la cantidad (70) SETENTA KILOGRAMOS DE CARNE VACUNA y (05) CINCO KILOGRAMOS DE CHORIZO sin documentación que acredite su propiedad y/o sanidad.

Se dio intervención a personal de ASSAL que determinó que dicha carne se encontraba NO APTA para consumo humano, por lo que se procedió a la DESNATURALIZACIÓN de la misma. Se prosiguen diligencias con intervención del Juzgado de Faltas de la Ciudad de Reconquista.




Caza y Pesca Indiscriminada
La caza y pesca indiscriminada es una problemática que parece no tener fin; no obstante a ello, el trabajo desarrollado por la Dirección General de Seguridad Rural “Los Pumas” con el fin de desalentar estas prácticas es constante.

Respecto a este flagelo, personal policial que cumple funciones en las Secciones situadas en las localidades de Reconquista, San Jorge, San Justo, Tostado, Huanqueros, Gato Colorado y La Gallareta realizaron una labor importante, pues procedieron al SECUESTRO de:
– (01) UNA MALLA DE PESCA,
– (01) UNA CARABINA CAL. 22,
– (05) CINCO ESCOPETAS DE CAL. 12 y 16,
– (60) SESENTA CARTUCHOS y varios SEÑUELOS DEL TIPO PATO;
– (10) DIEZ MULITAS,
– (30) TREINTA PATOS CRESTONES,
– (01) UN ÑANDU,
– (37) TREINTA Y SIETE AMARILLOS,
– (21) VEINTIUN SURUBIES,
– (18) DIECIOCHO MANDUBES,
– (15) QUINCE SABALOS,
– (15) QUINCE MONCHOLOS,
– (14) CATORCE CARPAS,
– (10) DIEZ DORADOS y
– (01) UNA RAYA.

Según los casos, a los implicados se les iniciaron actuaciones por la infracción a la Ley Nacional Nº 22.421 (Protección y Conservación de la Fauna Silvestre) o al Art. 189 bis del Código Penal Argentino (Portación Indebida de Arma de Fuego de Uso Civil) o a la Ley Provincial N° 12.212 (Regulación de Pesquera) o Ley Provincial N° 4.830 (Regulación de Caza y Pesca).

En estos hechos se dieron intervención a las Fiscalías Regionales correspondientes por jurisdicción; como así también, a la Secretaría de los Recursos Hídricos, Forestal y Minero (Of. Caza y Pesca) dependiente del Ministerio de la Producción de Santa Fe.-
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